Quiebra bajo el Capítulo 13

Elimina o reduce sustancialmente sus deudas, protege su codeudor, casa y el auto, paraliza las llamadas de los cobradores y las demandas de cobro de dinero o ejecución de hipoteca.

Bajo el Capítulo 13 de la Ley de quiebras se permite hacer un plan de pagos, conforme a sus ingresos, que le permita proteger a sus codeudores, incluir atrasos en el pago de pensiones alimentarias, en hipotecas y en los autos, o en los equipos de negocio que haya sido adquirido bajo venta condicional.

martes, 28 de mayo de 2013

La Opción Necesaria | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico

El Senado de Puerto Rico no dará paso a la aplicación del impuesto a la venta y usos a los servicios canjeados por vía de transacciones entre negocios. Así lo ha dejado saber el Presidente de ese cuerpo parlamentario. Se aducen dos razones: que la propuesta había sufrido ya de tantas enmiendas que su capacidad recaudadora había menguado significativamente y el que efecto sobre la economía sería detrimental.  Los más de $1,000 millones anuales de recaudación adicional tendrán que producirse por otra vía.

La determinación del Presidente del Senado es correcta. Ahora será necesario evitar que lo que surja finalmente del proceso legislativo sea un monstruo inmanejable por su complejidad, ineficiente y pletórico de agujeros y exclusiones.

http://sincomillas.com/2013/05/la-opcion-necesaria/


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