Quiebra bajo el Capítulo 13

Elimina o reduce sustancialmente sus deudas, protege su codeudor, casa y el auto, paraliza las llamadas de los cobradores y las demandas de cobro de dinero o ejecución de hipoteca.

Bajo el Capítulo 13 de la Ley de quiebras se permite hacer un plan de pagos, conforme a sus ingresos, que le permita proteger a sus codeudores, incluir atrasos en el pago de pensiones alimentarias, en hipotecas y en los autos, o en los equipos de negocio que haya sido adquirido bajo venta condicional.

domingo, 31 de marzo de 2013

U.S. Overdraft Fees Jump To $32 Billion As New Rules Prove Ineffective

Financially struggling Americans paid an increasing amount of money in overdraft fees last year, in spite of a 2010 rule designed to prevent abusive overdraft charges, analysts say a new report reveals.



Rolando Emmanuelli Jiménez 
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jueves, 28 de marzo de 2013

Ley de Empleo Ahora: Faltan 47,423 empleos y 16 meses | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico

La Ley de Empleos Ahora ya ha dado sus primeros resultados. Se han creado 449 empleos, explicó Francisco Chévere, director ejecutivo de la Compañía de Comercio y Exportación (CCE). Las primeras solicitudes de la Ley se empezaron a procesar hace dos semanas. Además, el funcionario señaló que en los últimos dos meses se ha reportado la creación de 2,128 empleos adicionales provenientes de varias empresas privadas no acogidas a la Ley de Empleos Ahora (LEA).

http://sincomillas.com/2013/03/ley-de-empleo-ahora-faltan-47423-empleos-y-16-meses/


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S&P coloca en alerta los POBs y degrada a “chatarra” la deuda de la AAA | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico

Standard and Poor's (S&P), colocó bajo alerta crediticia con implicaciones negativas la clasificación de 'BBB-' de losbonos de pensión ("POBs", por sus siglas en inglés), emitidos por la Administración de los Sistemas de Retiro del Gobierno.  Al mismo tiempo determinó reducir un escalafón la clasificación de los bonos de la Autoridad de Acueductos Alcantarillados (AAA), de "BBB-"a "BB+". La decisión sitúa la deuda de la corporación pública por debajo del nivel de grado de inversión. Es decir, la degrada a nivel de "chatarra".

http://sincomillas.com/2013/03/sp-coloca-en-alerta-los-pobs-y-degrada-otro-nivel-la-deuda-de-la-aaa/


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miércoles, 27 de marzo de 2013

Se pierden casi 12,00 empleos en un año | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico

El número de personas empleadas se redujo 1.3% en un año, según los datos de la encuesta de Empleo Asalariado No Agrícola que publica el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos. La caída representa la pérdida de 11,900 empleos en un periodo de 12 meses. 


http://sincomillas.com/2013/03/se-pierden-casi-1200-empleos-en-un-ano/


Rolando Emmanuelli Jiménez 
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lunes, 25 de marzo de 2013

Bonuses Paid to Debtor After Chapter 7 Filing Can’t be Taken by Bankruptcy Trustee


Bonuses Paid to Debtor After Chapter 7 Filing Can't be Taken by Bankruptcy Trustee



moneyThe Bankruptcy Appellate Panel for the U.S. Court of Appeals, Eighth Circuit, ruled that employment bonuses paid to a debtor shortly after she filed for chapter 7 bankruptcy could not be considered part of her bankruptcy case.  The court's ruling allowed the debtor to keep $24,072.00 in bonuses, and it reversed a lower court's order revoking her bankruptcy discharge for failing to list the bonuses in her bankruptcy papers.

In this case, Seaver v. Klein-Swanson, No. 12-6054 (8th Cir.BAP March 22, 2013), the debtor filed chapter 7 bankruptcy on January 19, 2009.  She was a long-time employee of IBM.  On the date of filing, she was eligible for both a quarterly Excellence Award bonus and an annual Growth Driven Profit Award bonus, for the last quarter of 2008 and also for the calendar year 2008.

IBM's bonus program documents stated that "[n]o employee earns or otherwise becomes entitled to payment, or any portion of a payment, under the GDP program prior to payment by IBM."  The IBM bonus program documents stated that this restriction applied to both bonus programs.  Bonuses were usually announced and then paid by IBM about sixty days after the close of the quarter for the Excellence Award, and about sixty days after the close of the calendar year for the GDP Award.

IBM paid the debtor an $8,000.00 Excellence Award bonus, for the last quarter of 2008, after the chapter 7 was filed but prior to the creditors meeting with the trustee.  IBM also paid her a $16,072.00 GDP bonus, for the year 2008, a few weeks later, after the creditors meeting.  Neither of these bonuses were listed in the debtor's bankruptcy papers, and she did not inform the trustee that IBM had paid her the $8,000.00 bonus prior to the creditors meeting.  After the meeting, the debtor did have some correspondence with the trustee about the $8,000.00 bonus, without mentioning the GDP bonus.

Upon learning more about the bonuses, the chapter 7 trustee asked the bankruptcy court to order turnover of the $24,072.00 received by the debtor, as well as fees and costs.  The trustee also asked the bankruptcy court to revoke the debtor's discharge of debts due to her failure to list the possible bonuses in her original bankruptcy papers.  The bankruptcy court granted the trustee's request.

The debtor appealed, and the appeals court reversed the bankruptcy court on all counts.  The appeals court held that under IBM's bonus program documents, the debtor had possessed no ownership interest, whether contingent or otherwise, in either bonus, until actual payment of the bonus by IBM.  Although some employer bonus plans give the employee a vested interest in a bonus once employee goals are met, the IBM program specifically stated otherwise.

IBM's bonus program stated that IBM had the absolute discretion to make or not make a bonus award, and the employee had no right to a bonus until it was paid.  Here, the bonuses were both paid after the chapter 7 was filed.  Therefore, the bonuses became the property of the debtor after the filing.  The appeals court noted that property received by the debtor after the filing date is excluded from the bankruptcty case as part of the debtor's fresh start in chapter 7.

The appeals court ruled that the debtor's discharge should be granted, and also that she could keep the $24,072.00 in bonuses.

It should be noted that in cases where bonus plan language gives the employee a vested right to payment of a bonus even before it is paid, and a chapter 7 case is filed before receipt of such a bonus, the result would likely be different.  In such cases, care should be taken to list the as yet unpaid bonus in the bankruptcy papers, and the debtor likely would have to turn the bonus over to the trustee to be paid to creditors.

Image courtesy of 401(k) 2013′s photostream, Flickr.



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Disminuyen los desempleados de larga duración | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico

Los desempleados de larga duración, los que llevan 15 semanas o más sin trabajar, disminuyeron, de 60,000 personas en enero de 2012 a 44,000 en enero de 2013. Pero la cifra de estos desempleados ha aumentado cuando se compara con el mes de diciembre de 2012, cuando había 40,000 personas que llevaban desempleados 15 semanas o más.

EMPLEO Y DESEMPLEO EN PUERTO RICO ENERO 2013 (REVISADO CENSO 2010)


http://sincomillas.com/2013/03/disminuyen-los-desempleados-de-larga-duracion/


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Standard & Poor’s explica los factores que motivaron la degradación | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico

El gobierno no podrá lograr un presupuesto balanceado antes de 2016. Eso es lo que opina Horacio Aldrete, analista de Standard & Poor's (S&P), que explica que ésa fue una de las razones por las que la perspectiva de la deuda es negativa. La otra es el tamaño del déficit presupuestario. Lo explica el analista en "Credit Matters", un programa de noticias de S&P. 

http://sincomillas.com/2013/03/standard-poors-explica-los-factores-que-motivaron-la-degradacion/


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La economía no va a mejorar, y la política no está ayudando | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico


La economía de Puerto Rico he perdido la capacidad de crecer y no se espera que aumente por encima del 1% en los próximos tres años. Pero la indecisión política podría empeorar las cosas.


http://sincomillas.com/2013/03/la-economia-no-va-a-mejorar-y-la-politica-no-esta-ayudando/


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domingo, 24 de marzo de 2013

Post-Petition Property in Chapter 13


Post-Petition Property in Chapter 13



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People spend between three and five years in Chapter 13 bankruptcy, paying back creditors in whole or in part, curing mortgage and tax defaults, and accomplishing the many other things that Chapter 13 allows a person to do while reorganizing. Due to the length of the journey, at times an issue arises when a debtor has the good fortune to be the recipient of some extra money during the case. It usually doesn't come up, but what happens when it does?

Well, first of all there is a difference in bankruptcy between property and income. The "best interests" test deal with property, and essentially says that creditors in a Chapter 13 should get what they would have gotten had the case been filed under Chapter 7. So, to check this test, one looks at the property, real or personal, tangible or intangible, of the debtor when the case was filed and nets out exempted property and hypothetical trustee fees and expenses. The result of this math is the minimum money that unsecured creditors get under a Chapter 13 plan.

Moving on, income is the focal point of the "best efforts" test in Chapter 13. The nuts and bolts of this get complicated and sometimes involve a means test, but the basic gist is that debtors must pay in their plan what's left over during their stay in Chapter 13 after they pay their essential bills.

So let's imagine your aunt gives you $50,000 while you're in a Chapter 13 bankruptcy. Is that income or property? The answer is that it's both, but the more relevant question is how does it fit in with the two tests mentioned above. First, we are assuming that this windfall comes to the attention of the court through the trustee or your own lawyer. In practice, this often doesn't happen because people don't always share good news. However, let's assume that the matter does come to the Chapter 13 trustee's attention and there is a motion to modify your plan filed under Section 1329 of the Bankruptcy Code to increase the amount of your payout to your creditors.

First of all, it is improper to re-do the best interest test by factoring in the gift money like it existed on the filing date. It didn't, and that new money has nothing whatsoever to do with what creditors would have received in a hypothetical Chapter 7 case. Some Chapter 13 trustee's will ask for money on this basis, but it doesn't stand much of a chance if you have a reasonably informed lawyer. What about the best efforts test?

This is more murky. Ever since the United States Supreme Court stated in Lanning that 11 U.S.C. 1325(b) was only a starting point for determining projected disposable income in a Chapter 13 case, the door has been open slightly wider for trustees to argue that a debtor with unexpected income should just pay more based on fairness. However, the trustee should not prevail in such an attempt when faced with knowledgeable and determined opposition. That is because the best efforts test is a test for confirming a plan. Once a plan is confirmed, it can only be modified under Section 1329 of the Code. That section does not make compliance with the Section 1322(b) "best efforts" test a requirement. See, e.g., IN RE COAY, Bankr.CD Ill. (2012). The bottom line is that this is an area in which a debtor's attorney really proves their value by knowing the law and being ready to fight a trustee's request for more money than they are legally entitled to obtain.



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jueves, 21 de marzo de 2013

Fitch sigue la estela de S&P y Moody’s y degrada la deuda de Puerto Rico | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico

Fitch Ratings degradó la deuda del Gobierno de Puerto Rico de "BBB+" a "BBB -". Esta es la tercera agencia clasificadora que degrada la deuda, y con esta decisión coloca la clasificación al mismo nivel que las otras casas, en el último escalón de grado de inversión y un nivel por encima de la clasificación considerada deuda especulativa o "chatarra". La perspectiva, como en los otros casos, es negativa. Nuevamente, el alto déficit presupuestario figura como razón principal para el cambio en clasificación. 

http://sincomillas.com/2013/03/fitch-degrada-la-deuda-de-puerto-rico/


Rolando Emmanuelli Jiménez 
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martes, 19 de marzo de 2013

El empleo en el sector privado cae 1.4% en enero | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico

El número de personas empleadas en el sector privado se redujo 1.4% entre diciembre y enero, según los datos más recientes publicados por el Bureau of Labor Statistics. La tasa de desempleo ajustada se situó en 14.6%, la más baja desde el 2009, según el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH). Los datos, que fueron revisados, indican que la tasa de desempleo y la tasa de participación es ahora mayor que antes de la revisión, mientras que el número de personas empleadas y desempleadas es menor.

http://sincomillas.com/2013/03/el-empleo-en-el-sector-privado-cae-1-4-en-enero/


Rolando Emmanuelli Jiménez 
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sábado, 16 de marzo de 2013

La degradación de la deuda: un problema de todos | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico

Para la mayoría de la población, que Standard & Poor's haya degrada la deuda del gobierno de Puerto Rico es algo que les suena muy alejado de lo que son sus preocupaciones de la vida diaria. Sin embargo, como explica Sergio Marxuach, director de política pública del Centro para una Nueva Economía (CNE), se trata de "una advertencia clara a todas aquellas personas en Puerto Rico que no creen o no entienden la magnitud de la crisis en que nos encontramos".

http://sincomillas.com/2013/03/la-degradacion-de-la-deuda-un-problema-de-todos/


Rolando Emmanuelli Jiménez 
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viernes, 15 de marzo de 2013

S&P degrada también la deuda del BGF | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico

Standard & Poor's Ratings (S&P) degradó la deuda del Banco Gubernamental de Fomento (BGF) de "BBB" a "BBB-". La perspectiva es negativa.  Con esta acción, la agencia clasificadora iguala la clasificación del BGF con la del gobierno central, porque, según explica S&P, la clasificación del BGF no puede ser mayor a la del gobierno, del que depende.


http://sincomillas.com/2013/03/sp-degrada-tambien-de-deuda-del-bgf/


Rolando Emmanuelli Jiménez 
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jueves, 14 de marzo de 2013

Fwd: Should You Apologize For Filing Bankruptcy?


Apologize For Filing Bankruptcy?  Never!

Sometimes academics who study a subject lose the forests for trees. In the process, they perpetuate stereotypes that have no basis in fact.   And sometimes a cigar is just a cigar.

University of Illinois Law Professors Robert M. Lawless and Jennifer K. Robbennolt performed a study that offered a Chapter 13 budget plan to Bankruptcy Judges, one version accompanied by an"apology" from the consumers and one without.  Then they asked the judges which plan would they be more likely to approve.  Of course, the plans with the apology received a higher success rate than those without.

Does this mean that you should apologize for filing for bankruptcy?  ABSOLUTELY NOT!  Here at e just a few reasons why:

  1. The Bankruptcy Code is designed to give relief to distressed consumers, not punish them.
  2. Don't you already feel bad about being where you are? Why do we need to reinforce that?
  3. The Bankruptcy Code was revised in 2005 to reduce Chapter 13 plans to a formula based on your ability to pay.   Whether or not you feel sorry about being in debt is irrelevant.  As long as you are making your best efforts in good faith, guilt p not rare in the process.

In fact in most jurisdictions, judges don't have the time to consider apologies in approving payments plans, they have a lot to do.  For the most part, this is an administrative process.

This study continues the perception that consumers who have fallen in debt either did so through gross negligence or worse, intentionally.  it does nothing to address all these who have lost their jobs through the bad economy over the years or who have suffered catastrophic medical bills as the result of uninsured or underinsured illness.

Don't feel guilty. Take what actions you need to take to protect yourself and your family.  Don't let your bankruptcy attorney talk you into apologizing for anything.  You are not a criminal.  And finally, left Professors Lawless and Robbennolt know what you think of this study.



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Cordialmente,

Rolando Emmanuelli-Jiménez, J.D., LL.M.

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S&P degrada la deuda de Puerto Rico. La coloca al borde de “chatarra” | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico

S&P degrada la deuda de Puerto Rico. La coloca al borde de "chatarra"

Standard Poors Lawsuit

Por Luisa García Pelatti

Standard & Poor 's Ratings (S&P) degradó de deuda del gobierno central de "BBB" a "BBB-". La perspectiva es negativa. La perspectiva negativa significa que la agencia podría reducir la clasificación de la deuda la próxima vez que haga una revisión. La clasificación es "BBB-", el último escalón de grado de inversión. Un nivel más bajo ya se hablaría de bonos especulativos o bonos "chatarra". El gobierno considera un logro que se haya evitado una degradación mayor.

La degradación se debe a que el estimado del déficit del presupuesto para el año fiscal  2013 es considerablemente mayor de lo originalmente previsto, explicó David Hitchcock, analista de S&P. "Pensamos que el déficit presupuestario del año fiscal 2013 hará difícil que el Gobierno logre un presupuesto balanceado en los próximos dos años".

S&P advierte que podrían degradar la deuda otro escalón si el gobierno no logra reducir el déficit de forma significativa en un plazo de dos años. La agencia clasificadora considera que las medidas propuestas por el gobierno de Alejandro García Padilla constituyen una reforma abarcadora del Sistema de Retiro, sin embargo, piensan que la magnitud del déficit presupuestario y los déficits estructurales potenciales en los próximos años hacían necesaria la degradación anunciada hoy.

S&P podría volver a degradar la deuda si las medidas anunciadas por el Gobierno tiene un éxito limitado. La agencia evaluará el efecto de las reformas fiscales y de las medidas para subsanar el déficit del Sistema de Retiro.

"Lo informado por  S&P es una llamada de alerta a todos los puertorriqueños y puertorriqueñas  y a todos los sectores de interés, acerca de la gravedad de la situación fiscal por la que atraviesa nuestro país. Igualmente es un claro ejemplo de la irresponsabilidad  de aquellos  y aquellas que no tomaron en el pasado las acciones correctivas que correspondían", comentó el gobernador, Alejandro García Padilla.

"El informe reconoce que esta administración está evaluando importantes medidas presupuestarias y una significativa reforma de Retiro. Sin embargo,  esto no puede quedarse en meras propuestas. Ellos esperan acción. El país merece acción. Tenemos que recuperar nuestro país.  Aunemos esfuerzos. Actuemos  con  certeza y gran sensibilidad", añadió el mandatario.

"Ciertamente, lo que anuncia S&P hoy se refiere al presupuesto corriente del año fiscal 2012-2013, por lo tanto es el resultado de acciones y prácticas fiscales, de las cuales no tuvimos ningún control. En medio de la mala noticia, nos brinda esperanza que S&P empiece a reconocer los pasos que estamos dando para resolver la delicada y complicada situación fiscal que heredamos, especialmente lo que concierne a nuestras propuestas para salvar los Sistemas de Retiro de los empleados gubernamentales. Todos los que componemos el equipo fiscal del gobernador somos conscientes de la gravedad y urgencia del momento. Por eso, hemos estado trabajando arduamente para incrementar recaudos, estabilizar las finanzas, restablecer nuestro crédito y reactivar el desarrollo económico del país", expresó Javier Ferrer, residente del Banco Gubernamental de Fomento (BGF).

Según explicó Melba Acosta, Secretaria de Hacienda, el déficit operacional proyectado es más alto, como resultado de gastos estimados en $140 millones por encima del presupuesto; e ingresos de $910 millones por debajo de lopresupuestado, principalmente por el uso de ingresos no-recurrentes durante el año fiscal 2012 que fueron incluidos en la base del presupuesto corriente por la pasada administración. Igualmente, se incluyeron ingresos anticipados de ciertas medidas administrativas, tales como, auditorias de la ley 154 y la implementación del IVU Loto, las cuales fueron muy agresivas y no se están materializado al día de hoy; más $775 millones de servicio de deuda de refinanciamiento en el año fiscal 2013, que no ha ocurrido, y se utilizó como línea de crédito adelantada del BGF; más el déficit operacional originalmente proyectado en $332 millones. Sin acciones correctivas, el país proyecta una base presupuestaria de ingresos de $7.840 billones y gastos de $9.997 billones.

Acosta destacó que, "es obvio que la crisis es real y que todos debemos trabajar para resolver esta situación lo más pronto posible. Las propuestas para comenzar a atacar la raíz del problema fiscal de Puerto Rico están sobre la mesa. Tenemos que continuar implementando medidas correctivas y tomar decisiones fiscales inteligentes, contundentes y sensibles con la más rigurosa premura."

Asimismo, la Secretaria de Hacienda señaló que las medidas implementadas por la administración actual ya han reducido la brecha presupuestaria en lo relativo a los recaudos por unos $250 millones y se toman las medidas necesarias para reducir el exceso de gastos de $140 millones. "La administración implanta iniciativas para mejorar los ingresos, que incluyen, medidas contra la evasión contributiva y la aprobación de la amnistía, que está en curso. También trabajamos en otras medidas, incluyendo la eliminación de varias exenciones al pago del IVU, y cambios a otros mecanismos de recaudo. Recientemente presentamos la propuesta para implementar una significativa reforma a los sistemas de retiro", agregó.

El Presidente del BGF enfatizó que este informe de la casa acreditadora hace evidente, la urgencia que "tenemos como país, de enfrentar los retos financieros y sobre todo, que entendamos que una reforma de Retiro integral y profunda no puede esperar mucho más". Recordó que, así como en este informe de S&P, la situación de Retiro fue y seguirá siendo determinante en la clasificación del crédito de Puerto Rico.

La clasificación de BBB- es el escalafón más bajo dentro de lo que se considera "grado de inversión". Los oficiales económicos del país destacaron que dada la disparidad en la información ofrecida en el pasado, y gracias a la planificación fiscal de la administración actual y sus medidas ya encaminadas, es un logro que los bonos no fueran reclasificados como "chatarra".



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miércoles, 13 de marzo de 2013

Se registran menos quiebras en febrero | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico

Grafica quiebrasPor redacción de Sin Comillas

En febrero se radicaron 849 quiebras, tres menos que hace un año.

En 2012 se radicaron 10,357 quiebras. La cifra, representa una reducción de 8%. Se trata de la segunda caída consecutiva tras cuatro años de fuertes subidas.

Las quiebras alcanzaron su nivel más alto en el 2010, con 12,376, 9.6% más que en el 2009, la cifra más alta desde el 2005, cuando el presidente George W. Bush, firmó la nueva Ley de Quiebra.

Las quiebras han estado reduciéndose durante 16 de los últimos 17 meses, tras aumentar durante cuatro años consecutivos.


http://sincomillas.com/2013/03/se-registran-menos-quiebras-en-febrero/


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lunes, 11 de marzo de 2013

Una de cada cinco hipotecas está atrasada | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico

La tasa de morosidad de los préstamos hipotecarios sigue elevada, 17.57% en el cuarto trimestre de 2012, según datos del Federal Deposit Insurance Corporation (FDIC). La cifra refleja que las dificultades económicas de las familias no han mejorado después de más de seis años de crisis. La tasa lleva más de tres años en torno al 18%. La morosidad de las hipotecas es mayor que la de los préstamos en general, que se situó en torno al 12.22% en el cuarto trimestre de 2012, la cifra más baja desde mediados de 2009.  En el 2006, al inicio de la crisis económica, la morosidad apenas alcanzaba el 2%.


http://sincomillas.com/2013/03/la-tasa-de-morosidad-cae-a-12-22/


Rolando Emmanuelli Jiménez 
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martes, 5 de marzo de 2013

El Papel de los Acreedores en la Quiebra bajo el Capítulo 11

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Boletín Electrónico del
Bufete Emmanuelli, C.S.P. 

6ta Edición Electrónica
Correo Electrónico Autorizado

 

 

 

El Papel de los Acreedores en la Quiebra bajo el Capítulo 11 

 


Decimoctavo de una Serie

Por: Rolando Emmanuelli Jiménez, JD, LLM  
y  
Yasmín Colón Colón, CPA, MBA, JD
  
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El Ley de Quiebras le provee a los acreedores la oportunidad de participar en distintas áreas o etapas en el proceso de quiebras. Por ejemplo, los acreedores pueden obligar al deudor a una quiebra involuntaria, bajo los Capítulos 7 y 11; pueden presentar un plan de reorganización para el deudor, bajo ciertas circunstancias; solicitar la conversión del caso de Capítulo 11 a Capítulo 7 o la desestimación. Además, en una quiebra bajo el Capítulo 11 del Código, los acreedores tienen una participación activa en el proceso decisional, mediante el Comité de Acreedores.

 

         La sección 1102 del Código de Quiebras establece que, una vez radicada la petición de quiebras bajo el Capítulo 11, el Síndico de los Estados Unidos debe nombrar un Comité de Acreedores no asegurados. No obstante, en los casos donde el deudor cae bajo la definición de Pequeño Negocio, no se nombra Comité de Acreedores, a menos que una parte con interés lo solicite. El Comité de Acreedores, como regla general, está compuesto por los acreedores con las siete reclamaciones mayores. En casos grandes, puede haber Comité de Acreedores representando otros grupos de acreedores, como lo pueden ser los acreedores asegurados o una clase específica de acreedores no asegurados.

 

         El propósito del Comité de Acreedores es representar a los acreedores no asegurados durante todo el proceso de la quiebra; es el "bargaining agent" de los acreedores. Es el encargado de monitorear y fiscalizar el proceso de reorganización bajo el Capítulo 11, y de proveer la supervisión y el control necesarios para proteger los intereses de los acreedores. Para poder cumplir con estas funciones, tiene legitimación para ser escuchado en cualquier controversia dentro del caso.

 

         La función del Comité de Acreedores, en cierta medida, sirve como un contrapeso al control del negocio que tiene el deudor en posesión durante el proceso. El Comité de Acreedores examina y supervisa de cerca todos los aspectos relacionados a las operaciones del negocio del deudor, para asegurar que los activos sean bien utilizados. La sección 1103(c) del Código de Quiebras, específicamente establece que las facultades o funciones del Comité de Acreedores son:

 

  1. consultar con el Síndico o el Deudor en Posesión los asuntos concernientes a la administración del caso;
  2. investigar los actos, conducta, activos, pasivos, y condición financiera del deudor, las operaciones del negocio del deudor y la deseabilidad de continuar el negocio, así como cualquier otro asunto pertinente al caso o a la formulación de un plan;
  3. participar en la formulación de un plan; informar a los acreedores que representan, de las determinaciones relacionadas al plan formulado; y recopilar y someter a la Corte los votos a favor y en contra de un plan;
  4. solicitar el nombramiento de un Síndico o examinador;
  5. llevar a cabo otras funciones, según sean necesarias para los intereses de los acreedores representados.
     

         El Código de Quiebras le permite al Comité de Acreedores contratar representante legal y otros profesionales, como contadores o tasadores, según sea necesario. Estos profesionales pueden servir de ayuda en el proceso de negociación del Plan de Reorganización, asesorando al Comité de Acreedores en cuanto a la viabilidad del Plan propuesto. Los costos relacionados a la contratación de estos profesionales son pagados por el caudal en la quiebra.

 

         Además de las facultades que el Código de Quiebras le provee, el Comité de Acreedores tiene un deber de fiducia hacia los demás acreedores. Se espera que protejan los mejores intereses de todos los acreedores no asegurados y no busquen adelantar solo los suyos. Los miembros del Comité de Acreedores no pueden tomar ventaja de su posición para obtener un mejor resultado que los demás acreedores no asegurados.

 

El deudor puede tener muchas controversias y diferencias de opinión con el Comité de Acreedores que tendrían que someterse a la Corte de Quiebras para su resolución, lo que ocasionará gastos y dilaciones. Es conveniente que el abogado o abogada del deudor intente negociar las diferencias del caso con el Comité, para lograr que el caso avance lo más posible sin la intervención de la Corte.

 

En nuestro próximo artículo discutiremos la determinación del monto y categorías de las deudas y acreedores.

 

Rolando Emmanuelli Jiménez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11 de la mañana por WPAB 550. Yasmín Colón Colón es CPA con una maestría en contabilidad y un grado de Juris Doctor. Para mayor información vea:
http://www.bufete-emmanuelli.com

 

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Asesoramiento, Litigación, Quiebras y Seguro Social Federal

 

Balanza Bufete Sola

La crisis económica aguda que sufrimos en Puerto Rico desde el año 2005, ha ocasionado estragos en los cimientos de nuestro desarrollo económico. Estas dificultades afectan las finanzas de la gran mayoría de los empresarios puertorriqueños. Por tanto, existe la necesidad apremiante de servicios especializados para asesorar y litigar de manera efectiva y económica, establecer nuevos negocios, reestructurar los existentes y crear nuevas relaciones de comercio internacional que transfieran dinero nuevo a nuestra economía.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notaría fundado hace 46 años que se dedica al asesoramiento y litigación en las áreas de quiebras individuales y comerciales, desarrollo empresarial local e internacional, marcas y nombres comerciales, redes sociales e informática, monopolios, derecho civil, comercial, de construcción, laboral, corporativo, daños y perjuicios, contratos, salud e incapacidad bajo el Seguro Social Federal.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece soluciones integrales de llave de apertura (turnkey) desde una consulta inicial libre de costo, confidencial y sin compromiso, hasta la entrega del producto o servicio de manera costo efectiva a satisfacción del cliente. La estrategia de servicio del Bufete Emmanuelli, C.S.P. es integral, pues cuenta con recursos de excelencia para la planificación y ejecución en la creación, reorganización o disolución de intereses de negocios, financieros, de propiedad intelectual o personales, hasta las medidas necesarias para protegerse, prevenir problemas o hacer reclamos administrativos o judiciales. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. se visualiza como un instrumento para apoyar el desarrollo socioeconómico de Puerto Rico.

 

El Bufete Emmanuelli se fundó en el año 1966 por el Lcdo. Rolando Emmanuelli Sepúlveda. Desde diciembre de 2012, bajo la dirección de su hijo el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez quien cuenta con 25 años de experiencia como abogado, integró sus operaciones en las instalaciones del edificio del pasado Bufete Amado Pereira en Ponce, Puerto Rico. El Bufete Pereira fue adquirido en marzo de 2011 para integrar las prácticas existentes de desarrollo de negocios locales e internacionales junto al asesoramiento y litigación, con las áreas de las quiebras de consumidores y reorganizaciones empresariales. De esta forma, se cuenta con soluciones integrales para establecer nuevos negocios, implantar políticas de crecimiento y desarrollo, resolución de conflictos, reorganización o liquidación de empresas o negocios personales, ya sea sin quiebra, o bajo las disposiciones de los Capítulos 7, 11 o 13 del Código de Quiebras Federal.

 

Contamos con los más avanzados sistemas de informática en la industria, incluyendo tecnología sin papel y Web 2.0, para mayor rapidez y eficiencia, en armonía con nuestro ambiente. Nuestro equipo de profesionales sigue una agenda de trabajo estructurada con protocolos y controles de calidad validados para una ejecución ética, rápida y confiable de sus tareas. Tienen el conocimiento, destrezas y experiencia para brindar un servicio de excelencia de forma ágil y efectiva al menor costo posible.

 

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P. entendemos que la mayoría de los conflictos pueden evitarse mediante la planificación y asesoramiento jurídico oportuno y apropiado. Este asesoramiento hace menos probable el conflicto y resulta en una inversión que reduce costos.Como alternativas para la solución de disputas, antes de recurrir al foro judicial, se ofrecen la negociación, la mediación o el arbitraje. Esto resulta en una imagen de buena fe ante el tribunal o foro al que se tenga que recurrir y en ahorros sustanciales en los costos de los servicios.

 

A pesar de que se prefieren los métodos alternativos de resolución de disputas, en ocasiones es imposible impedir un litigio judicial. Los protocolos de trabajo del Bufete Emmanuelli, C.S.P. estipulan una etapa de preparación y recopilación de información previa a la presentación del litigio. Esto, con el propósito de tener una evaluación certera de los méritos del asunto, para poder hacer una presentación del caso mucho más clara y convincente, lo que reduce costos, y evita sorpresas en cuanto a los méritos del litigio.

 

El Coordinador del Departamento de Litigación es el Presidente del Bufete, Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez, quién es autor de textos académicos y profesionales sobre el Derecho Probatorio y la litigación. Su experiencia y conocimiento en los asuntos del juicio apoyan en todo momento al equipo de abogados y abogadas litigantes.

 

Nuestras instalaciones cuentan con una excelente localización, estacionamiento y con todos los recursos para ofrecer un servicio de excelencia. Para información adicional puede consultar la página: www.bufete-emmanuelli.com o escribir a rolando@bufete-emmanuelli.com.


 
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El Bufete Emmanuelli, C.S.P. 

 

Ofrece servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganización de las operaciones de empresas negociando con sus acreedores o mediante la Quiebra bajo el Capítulo 11

 

Estimados clientes y amigos(as): 

 

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P., le ayudamos a reestructurar su empresa hacia el éxito negociando con sus acreedores o mediante la Quiebra bajo el Capítulo 11  

 

Mediante la Reorganización de su Negocio bajo el Capítulo 11 de la Ley de Quiebras Federal usted puede: 

 

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Recobrar la Viabilidad del Negocio

 

Controlar los Costos

 

Eliminar Deudas

 

Maximizar los Ingresos

 

Liberarse de Contratos Onerosos

 

Llevar a cabo Reorganizaciones Laborales

 

Eliminar las Llamadas de Cobro

 

Paralizar las Demandas, Embargos y Ejecuciones judiciales*

 

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Para una consulta telefónica inicial gratis, confidencial y anónima, directamente con uno de nuestros abogados, llame al: 

 

787-307-2772 

 

Para una cita en nuestras oficinas llame al 787-848-0666 

 

Consulta Inicial Gratis 

Confidencialidad

 

 

Puede escribir a:  

 

 

 

Para más información visite las páginas: 

 

www.bufete-emmanuelli.com  

 

quiebracapitulo11.blogspot.com    

 

Cordialmente, 

 

Rolando Emmanuelli Jiménez 

Presidente

USDC-PR No. 214105

RUA 8509

 

 

Bufete Emmanuelli, C.S.P. 

Urbanización Constancia

Calle San Francisco 2803

Ponce, Puerto Rico

 

787-848-0666; 787-841-1435, Fax

 

 

Agencia de Alivio de Deudas bajo el Código de Quiebras Federal 

 

*Sujeto al cumplimiento de requisitos de Ley y conforme a las circunstancias particulares de su caso.

Bufete Emmanuelli, C.S.P.

El Bufete Emmanuelli, C.S.P., es un bufete de abogados y abogadas que ubica en Ponce, Puerto Rico y se dedica a la práctica y litigación de derecho civil, laboral, corporativo, daños y perjuicios, contratos, comercial, salud, marcas y nombres comerciales, monopolio y derecho empresarial en general.

Bufete Emmanuelli, C.S.P.

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Ponce, Puerto Rico 00732-0779 
787-848-0666 
787-841- 1435 Fax


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Otras actividades y foros de divulgación:

Academia Jurí­dico Empresarial:

Con el objetivo de educar a la comunidad empresarial sobre las oportunidades de negocio que representa el desarrollo del Puerto de Las Américas Rafael Cordero Santiago, el Bufete Emmanuelli, C.S.P. estableció en enero de 2007, la primera Academia Jurídico Empresarial para la región Sur que provee asesoramiento, consultoría y apoyo en las áreas de Derecho y Administración de Empresas. Esta iniciativa persigue fomentar un desarrollo socio-económico auto sustentable basado principalmente en el Puerto de Las Américas. 
 
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Programa de Radio Debido Proceso de Ley:

El programa Debido Proceso de Ley comenzó su transmisión en el año 1996 por WPAB Radio 550 y desde entonces se ha transmitido en varios formatos y ediciones. Desde el sábado, 11 de noviembre de 2000, se ha transmitido una edición del programa Debido Proceso de Ley con el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez como anfitrión contando con la participación de personalidades del quehacer jurídico y social.

Debido Proceso de Ley se dedica a la orientación a la comunidad puertorriqueña. En el programa se discuten los asuntos jurídicos y socieconómicos de mayor impacto en la vida diaria, cuenta con el comentario y análisis sobre las leyes y jurisprudencia más reciente y con la participación de invitados protagonistas de las noticias jurídicas en nuestro país.
 
   
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Blog del Bufete Emmanuelli


El Bufete Emmanuelli publica su Blog en la siguiente dirección:  

  debidoprocesodeley.blogspot.com 

En el Blog del Bufete Emmanuelli, encontrará información sobre los asuntos públicos que tienen impacto jurídico. El Blog es interactivo y le permite publicar sus comentarios sobre los temas que se desarrollen.

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La información de este boletín se ofrece con fines informativos por lo que no debe considerarse como una consulta jurídica ni puede sustituir el asesoramiento del abogado o abogada de su preferencia.


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