Quiebra bajo el Capítulo 13

Elimina o reduce sustancialmente sus deudas, protege su codeudor, casa y el auto, paraliza las llamadas de los cobradores y las demandas de cobro de dinero o ejecución de hipoteca.

Bajo el Capítulo 13 de la Ley de quiebras se permite hacer un plan de pagos, conforme a sus ingresos, que le permita proteger a sus codeudores, incluir atrasos en el pago de pensiones alimentarias, en hipotecas y en los autos, o en los equipos de negocio que haya sido adquirido bajo venta condicional.

jueves, 2 de mayo de 2013

Contadores hablan de un efecto inflacionario devastador | Sin Comillas | Negocios en Puerto Rico


Contadores hablan de un efecto inflacionario devastador

Por redacción de Sin Comillas

El Colegio de Contadores Públicos Autorizados (CPA) considera que  la eliminación de la exención del pago del Impuesto de Ventas y Uso (IVU) a los servicios puede causar un aumento en los costos operacionales y puede tener un efecto inflacionario devastador si la imposición ocurre temprano en la cadena de las transacciones.

"El Colegio de CPA reconoce la precaria situación fiscal que enfrenta el país y entendemos que son necesarios unos cambios en estos momentos. Sin embargo, resulta imperativo continuar con los esfuerzos del Departamento de Hacienda para lograr una mayor captación y una reducción en la evasión de los recaudos del IVU, a fin de que éstos ingresen al erario público" comentó Kenneth Rivera Robles, presidente del Colegio de CPA.

La Eliminación de la Exención a Servicios, si ocurre temprano en la cadena de las transacciones, puede tener un efecto inflacionario devastador. "Si se impone contribución a los insumos, esto va a tener el efecto de encarecer los bienes y servicios que son vendidos en la Isla. La imposición del IVU está predicada en que se imponga sólo al consumidor final de los bienes o servicios y no a los consumidores intermedios en la cadena. Tal imposición a los niveles intermedios tendría un efecto cascada al aumentar los costos operacionales y/o los costos directos de los negocios de Puerto Rico. El Colegio se opone a cualquier iniciativa que grave los insumos en las líneas de producción por entender que podrían tener un efecto inflacionario en los bienes y servicios generados a nivel local".

En cuanto a los servicios entre negocios ("B2B"), el Colegio considera que "no se deben gravar los insumos, así que cualquier imposición en los niveles intermedios debe incorporar o conceder algún tipo de alivio pues de otro modo, se han de encarecer los servicios. El Colegio se opone a su aprobación, no obstante, si se decide eliminar la exención de B2B, entonces sugerimos proveer un alivio, tal vez a través de un crédito o reintegro".

"Sin embargo, reconocemos que el establecer estas disposiciones de crédito, aunque se ameritan, podrían complicar más el sistema, incluyendo la fiscalización. Es por ello que sugerimos se mantenga la exención de B2B que ya es conocida por los contribuyentes".

"Como en el pasado, continuaremos revisando las medidas que se presenten de impacto económico y orientando con nuestros comentarios a las personas que deben tomar estas decisiones," concluyó diciendo el CPA Rivera-Robles.

http://sincomillas.com/2013/05/contadores-hablan-de-un-efecto-inflacionario-devastador/

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