#10 ¿Qué es una quiebra bajo el Cap. 7? Por el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez
El Capítulo 7 de quiebras es una de las alternativas disponibles a todas las personas que hayan sido desafortunadas en sus finanzas.
Bajo el Capítulo 7 usted puede descargar o liquidar la mayoría de sus deudas, principalmente aquellas que se consideran como no aseguradas.
Los ejemplos más comunes de deudas no aseguradas son los préstamos personales, deudas de tarjetas de crédito y las deficiencias de auto. Es decir, usted podría liberarse de la responsabilidad de pagar todas las deudas que tenga acumuladas por concepto de tarjetas de crédito y préstamos personales. Así contará con más ingreso disponible para mejorar su calidad de vida.
No obstante, con un Capítulo 7 usted no puede descargar deudas tales como las hipotecas, los préstamos de auto, las ventas condicionales sobre enseres, las hipotecas muebles sobre materiales de construcción, los préstamos estudiantiles, las pensiones alimentarias ni los impuestos de los últimos cuatro años.
El deudor puede radicar la petición solo o con su cónyuge, o de no estar legalmente casados, ambas personas pueden radicar peticiones separadas y pedir la consolidación de sus casos. Presentarán las planillas informativas de sus bienes y deudas y se solicitarán las exenciones aplicables bajo la Ley Federal o la local, para proteger sus bienes. Deberá también someter evidencia del valor de su casa, auto y del balance de sus deudas.
Para conocer más sobre el proceso de radicación de una quiebra, consulte un abogado y recuerde que la quiebra podría ser su solución.
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