Quiebra bajo el Capítulo 13

Elimina o reduce sustancialmente sus deudas, protege su codeudor, casa y el auto, paraliza las llamadas de los cobradores y las demandas de cobro de dinero o ejecución de hipoteca.

Bajo el Capítulo 13 de la Ley de quiebras se permite hacer un plan de pagos, conforme a sus ingresos, que le permita proteger a sus codeudores, incluir atrasos en el pago de pensiones alimentarias, en hipotecas y en los autos, o en los equipos de negocio que haya sido adquirido bajo venta condicional.

lunes, 3 de junio de 2013

El Nuevo Día - Sin final a la vista los 8 años de recesión criolla

Faltando tres semanas para el cierre del año fiscal, el liderato político de Puerto Rico busca cuadrar el presupuesto teniendo como telón de fondo una economía que acaba de entrar a su octavo año de contracción.

El desafortunado hito en materia económica deja a la luz un ajuste sin precedentes que no acaba de atenderse adecuadamente, dice el economista y catedrático en la Universidad de Puerto Rico en Mayagüez, José Alameda.

Además devela un sistema contributivo incapaz de recaudar lo que pretende gastar el Gobierno. Ello, porque el sistema impositivo de la Isla nunca se ajustó a una economía enfocada en el consumo, dice Antonio Fernós Sagebién, profesor en la Universidad Interamericana de Puerto Rico.

En números, según Alameda, desde marzo de 2006 –cuando la Junta de Planificación decretó el inicio del ciclo a la baja y El Nuevo Día reportó el inicio de la "recesión criolla"– hasta el año pasado, el producto bruto de Puerto Rico se ha achicado 14%.

http://m.elnuevodia.com/sinfinalalavistalos8anosderecesioncriolla-1523508.html


Rolando Emmanuelli Jiménez 
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