#14 El Juramento y la Obligación de Divulgar.
Por la Lcda. Yasmín Colón Colón
El deudor tiene la obligación de proveer toda la información requerida sobre sus circunstancias personales, bienes, deudas, ingresos y gastos para poder completar y someter la petición de quiebras y sus anejos.
La firma del deudor en la petición y los anejos constituye un juramento, sujeto a pena de perjurio.
Por tanto, antes de radicar la petición de quiebras, usted debe revisarla, junto a su abogado, y asegurarse de que la información incluida es completa, correcta y verdadera. Ocultar información u ofrecerla de manera incorrecta podría resultar en la desestimación de su caso o inclusive otras sanciones, incluyendo sanciones penales ante el foro federal.
El mayor error que se puede cometer en el trámite de un caso es ocultarle información al abogado o mentirle. Si el abogado conoce todos los detalles y circunstancias personales y financieras, puede recomendarle la mejor estrategia para lidiar con el problema. Si la información que se divulga, hace que el caso de quiebra no sea viable, el abogado recomendará otros cursos de acción fuera de la quiebra.
Para conocer más sobre el proceso de radicación de una quiebra, consulte un abogado y recuerde que la quiebra podría ser su solución.
No hay comentarios:
Publicar un comentario