Quiebra bajo el Capítulo 13

Elimina o reduce sustancialmente sus deudas, protege su codeudor, casa y el auto, paraliza las llamadas de los cobradores y las demandas de cobro de dinero o ejecución de hipoteca.

Bajo el Capítulo 13 de la Ley de quiebras se permite hacer un plan de pagos, conforme a sus ingresos, que le permita proteger a sus codeudores, incluir atrasos en el pago de pensiones alimentarias, en hipotecas y en los autos, o en los equipos de negocio que haya sido adquirido bajo venta condicional.

martes, 14 de agosto de 2012

ReestructuraciOn de los Negocios para enfrentar la crisis: Primero de una Serie



Logo Bufete Nuevo
Balanza Bufete Sola
Del Derecho y
Del Revés

Boletín Electrónico del
Bufete Emmanuelli, C.S.P. 

6ta Edición Electrónica
Correo Electrónico Autorizado

Reestructuración de los Negocios para enfrentar la crisis
Primero de una Serie


Por: Rolando Emmanuelli Jiménez, JD, LLM
y
Yasmín Colón Colón, CPA, MBA, JD

 

Like us on Facebook Follow us on Twitter View our profile on LinkedIn

 

La crisis económica aguda que sufrimos en Puerto Rico desde el año 2005, ha ocasionado estragos en los cimientos de nuestro desarrollo económico. El desempleo y las quiebras alcanzan niveles sin precedentes y se agravó la desindustrialización de Puerto Rico con la salida de muchas empresas que operaban bajo la Sección 936 del Código de Rentas Internas Federal.

 

La crisis afectó nuestras finanzas personales, pero particularmente, las finanzas de la gran mayoría de los empresarios pequeños y medianos de Puerto Rico. Desde el comienzo de la crisis, hasta nuestros días, han tenido que cerrar de manera abrupta miles de negocios locales, lo que es evidente cuando pasamos por las calles del Casco Histórico de Ponce o por sus avenidas periféricas, como la Avenida Las Américas.

 

El cierre precipitado de estos negocios no es la solución, pues ocasiona la eliminación de ingresos para sus empleados y dueños, pérdidas para los suplidores, reclamaciones judiciales por cobro de dinero y ejecuciones de hipoteca bancaria, tanto para el negocio, como para las personas involucradas en los documentos de préstamo.

 

Todo esto crea una espiral descendente que se propaga por el resto de la economía y es una de las causas de problemas emocionales, la crisis social y la violencia que sufrimos en Puerto Rico.

 

No se espera que la crisis económica de Puerto Rico se resuelva en un futuro previsible. Aún en los Estados Unidos, el panorama es sombrío, porque la Reserva Federal ha determinado mantener los intereses casi en cero hasta el 2014. Esto prueba fehacientemente que ni Estados Unidos, ve a corto plazo, indicios de recuperación.

 

Ante este panorama, los negocios puertorriqueños deben implantar estrategias urgentes y agresivas para preservar su estabilidad en lo que la crisis se va disipando en los próximos años, para al menos restablecer los niveles de ingreso y empleo existentes antes del 2005.

 

Es indispensable mejorar, transformar o rectificar con urgencia los negocios para mantener su viabilidad o rentabilidad.  

 

¿Pero, por dónde empezar?

 

En primer término, no importa en la situación que se encuentre su negocio, es indispensable la recopilación minuciosa de información y el análisis financiero para entender en qué etapa de deterioro se encuentra.  

 

Conforme a Grant W. Newton, en su obra, Bankruptcy and Insolvency Accounting (2010), existen cuatro etapas en la ruta hacia la insolvencia:

 

La primera etapa es el periodo de incubación. Durante este tiempo se manifiestan los primeros síntomas de stress financiero. Por ejemplo, cuando los costos fijos comienzan a aumentar y se comienzan a identificar cambios negativos en la demanda, que va reduciendo las ganancias. En esta etapa, si se actúa a tiempo, es más probable estabilizar el negocio y capear la tormenta.

 

La segunda etapa es insuficiencia de efectivo. Ahora comienza a manifestarse dificultad para cumplir las obligaciones de pago. Se afecta el flujo de efectivo y se tiene que recurrir a las reservas o nuevos créditos bancarios para poder operar. Es indispensable entonces, establecer controles de costos agresivos y utilizar estrategias para vender el inventario y mejorar el sistema de facturación y cobro para reducir las cuentas por cobrar.

 

La tercera etapa es la insolvencia financiera. Durante esta etapa la empresa tiene cuentas atrasadas con los acreedores principales, como las líneas de crédito y los suplidores, y se empiezan a sentir presiones fuertes para el pago. Ahora, queda poco tiempo para mantenerse a flote y es indispensable que se negocie con los acreedores nuevos términos de pago o nuevo financiamiento para las operaciones. Además, deben implantarse otras medidas agresivas de control financiero.

 

La cuarta etapa es la insolvencia total. En esta etapa, el total de deudas es mayor que el total de los activos. El empresario tiene que vender precipitadamente el negocio, sus activos individuales o cerrar abruptamente con las consecuencias que esto acarrea. La principal consecuencia es que los acreedores pueden iniciar procesos de cobro que en muchos casos, aunque exista una corporación, pueden ir contra los activos personales de los dueños del negocio. Es decir, su casa, ahorros, autos y otras propiedades. Esto ocurre porque en muchos casos, los acreedores, particularmente los bancos, exigen garantías personales y colaterales para extender créditos a las pequeñas y medianas empresas. Por tanto, aunque el negocio cierre, los dueños tendrían que eventualmente pagar esas deudas.

 

La crisis financiera de la empresa, permite la oportunidad de presentar una quiebra bajo el Capítulo 7 de la Ley de Quiebras Federal, que permite liquidar ordenadamente los activos del negocio o bajo un Capítulo 11, para establecer que la empresa sería viable mediante un plan de reorganización bajo la supervisión de la Corte de Quiebras. Ambas soluciones son mejores que un cierre precipitado del negocio porque permiten el descargue o eliminación de todas o la mayoría de las deudas.

 

En muchos casos, dadas las garantías personales que los dueños tienen que ofrecer para obtener financiamiento para sus empresas, recurren a una quiebra personal, bajo el Capítulo 7 de liquidación o bajo el 13, que establece un plan de pago de estas obligaciones.  
Identificar la etapa en que su empresa se encuentra es vital para su supervivencia. Es imprescindible actuar rápidamente, a más tardar, cuando se empieza a manifestar la segunda etapa que es la insuficiencia de efectivo.  
En la próxima columna abordaremos los asuntos que, desde la perspectiva financiera, deben analizarse para identificar en qué etapa de deterioro económico se encuentra su empresa y las medidas principales que se deben tomar que no afectan el capital humano de la empresa.

 

###
Forward to a Friend 

 

Balanza Bufete Sola 

 

Rolando Emmanuelli Jiménez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P., en Ponce, Presidente de la Alianza Pro Sur, pasado presidente de la Cámara de Comercio del Sur de Puerto Rico y anfitrión del programa Debido Proceso de Ley, que se transmite todos los sábados a las 11:00 de la mañana por WPAB 550. 

Yasmín Colón Colón es CPA con una maestría en contabilidad y un grado de Juris Doctor.

Para mayor informaci
ón vea: http://www.bufete-emmanuelli.com

Find us on Facebook

Follow us on Twitter

View our profile on LinkedIn

Visit our blog
---------------------------------------------------------
Visite el Archivo de Ediciones Anteriores

Bufete Emmanuelli, C.S.P
Urbanización Constancia 
Calle San Francisco 2803 
Ponce, Puerto Rico 00732-0779 
787-848-0666 
787-841- 1435 Fax

Visite el Archivo de Ediciones Anteriores


 
Balanza Bufete Sola






El Bufete Emmanuelli, C.S.P.

Anuncia:

 

Sus servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganización de las operaciones de empresas negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Capítulo 11

 
Estimados clientes y amigos(as): 

 

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P., le ayudamos a reestructurar su empresa hacia el éxito negociando con sus acreedores o mediante la Quiebra bajo el Capítulo 11  

 

Mediante la Reorganización de su Negocio bajo el Capítulo 11 de la Ley de Quiebras Federal usted puede: 

 

--------------------------- 
Recobrar la Viabilidad del Negocio

 

Controlar los Costos

 

Eliminar Deudas

 

Maximizar los Ingresos

 

Liberarse de Contratos Onerosos

 

Llevar a cabo Reorganizaciones Laborales

 

Eliminar las Llamadas de Cobro

 

Paralizar las Demandas, Embargos y Ejecuciones judiciales*

 

---------------------------

 

 

Para una consulta telefónica inicial gratis, confidencial y anónima, directamente con uno de nuestros abogados, llame al: 

 

787-307-2772 

 

Para una cita en nuestras oficinas llame al 787-848-0666 

 

Consulta Inicial Gratis 
Confidencialidad

 

 

 

Puede escribir a:  

 

 

 

Para más información visite las páginas: 

 

 

 

Cordialmente, 

 

Rolando Emmanuelli Jiménez 
Presidente
USDC-PR No. 214105
RUA 8509

 

 

Bufete Emmanuelli, C.S.P. 
Urbanización Constancia
Calle San Francisco 2803
Ponce, Puerto Rico

 

787-848-0666; 787-841-1435, Fax

 

 

Agencia de Alivio de Deudas bajo el Código de Quiebras Federal 

 

*Sujeto al cumplimiento de requisitos de Ley y conforme a las circunstancias particulares de su caso.
Bufete Emmanuelli, C.S.P.

El Bufete Emmanuelli, C.S.P., es un bufete de abogados y abogadas que ubica en Ponce, Puerto Rico y se dedica a la práctica y litigación de derecho civil, laboral, corporativo, daños y perjuicios, contratos, comercial, salud, marcas y nombres comerciales, monopolio y derecho empresarial en general.

Bufete Emmanuelli, C.S.P.

Urb. Constancia
Calle San Francisco 2803 
Ponce, Puerto Rico 00732-0779 
787-848-0666 
787-841- 1435 Fax


---------------------------------------------------------

Otras actividades y foros de divulgación:

Academia Jurídico Empresarial:

Con el objetivo de educar a la comunidad empresarial sobre las oportunidades de negocio que representa el desarrollo del Puerto de Las Américas Rafael Cordero Santiago, el Bufete Emmanuelli, C.S.P. estableció en enero de 2007, la primera Academia Jurídico Empresarial para la región Sur que provee asesoramiento, consultoría y apoyo en las áreas de Derecho y Administración de Empresas. Esta iniciativa persigue fomentar un desarrollo socio-económico auto sustentable basado principalmente en el Puerto de Las Américas. 
 
---------------------------------------------------------

Programa de Radio Debido Proceso de Ley:

El programa Debido Proceso de Ley comenzó su transmisión en el año 1996 por WPAB Radio 550 y desde entonces se ha transmitido en varios formatos y ediciones. Desde el sábado, 11 de noviembre de 2000, se ha transmitido una edición del programa Debido Proceso de Ley con el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jiménez como anfitrión contando con la participación de personalidades del quehacer jurídico y social.

Debido Proceso de Ley se dedica a la orientación a la comunidad puertorriqueña. En el programa se discuten los asuntos jurídicos y socieconómicos de mayor impacto en la vida diaria, cuenta con el comentario y análisis sobre las leyes y jurisprudencia más reciente y con la participación de invitados protagonistas de las noticias jurídicas en nuestro país.
 
 
---------------------------------------------------------

Blog del Bufete Emmanuelli


El Bufete Emmanuelli publica su Blog en la siguiente dirección:  

  debidoprocesodeley.blogspot.com 

En el Blog del Bufete Emmanuelli, encontrará información sobre los asuntos públicos que tienen impacto jurídico. El Blog es interactivo y le permite publicar sus comentarios sobre los temas que se desarrollen.

---------------------------------------------------------------------------
Logo Bufete Nuevo

Rolando Emmanuelli Jiménez, J.D., LL.M.
Bufete Emmanuelli, C.S.P.
www.bufete-emmanuelli.com
Urb. Constancia
Calle San Francisco 2803
Ponce, Puerto Rico 00732-0779
787-848-0666
787-841- 1435 Fax

La información de este boletín se ofrece con fines informativos por lo que no debe considerarse como una consulta jurídica ni puede sustituir el asesoramiento del abogado o abogada de su preferencia.


Forward to a Friend
.
Este correo electrónico ha sido enviado a remmanuelli@me.com
Bufete Emmanuelli, C.S.P. | Urbanización Constancia | Calle San Francisco 2803 | Ponce | 00732-0779 | Puerto Rico

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Orientación Jurídica del Bufete Emmanuelli, C.S.P.

Email Newsletter icon, E-mail Newsletter icon, Email List icon, E-mail List icon Regístre su dirección de correo electrónico en nuestra lista de boletines Del Derecho y del Revés :