Tribunal Supremo analiza petición de quiebra cuando existen varios codeudores
Partes: Peerless Oil & Chemical, Inc., Peticionaria v. Hermanos Torres Pérez, Inc., Demandados; Víctor Torres Oliveras, Hilda Pérez Souchet y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos; Víctor Torres Pérez, Annette Fuster Padilla y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos; Germán Rivera Colón, Wanda Torres Pérez y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos; Luis Vélez Santiago, María Torres Pérez y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos; Hilda Torres Pérez, Recurridos
Este caso trata sobre el efecto de una presentación de quiebra sobre los codeudores.
"El presente recurso nos permite determinar qué efecto tiene sobre los términos de apelación la presentación de una petición de quiebra por un solo deudor en un caso en que existen varios garantizadores solidarios de la misma deuda. Evaluada la controversia, resolvemos que los garantizadores solidarios de una deuda deben apelar la determinación conforme disponen las leyes y los reglamentos correspondientes, pues de lo contrario la sentencia u orden se convierte en final y firme. Como se sabe, la presentación de una petición de quiebra solo paraliza los procedimientos contra el deudor que la presentó. Por eso, revocamos al foro apelativo intermedio por falta de jurisdicción."
"Por los fundamentos antes expuestos, revocamos al Tribunal de Apelaciones pues al momento en que revisó la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 28 de septiembre de 2009, carecía de jurisdicción para hacerlo. Asimismo, declaramos que la sentencia de 28 de septiembre de 2009 del Tribunal de Primera Instancia no surte efecto en cuanto a HTP, pero sí en cuanto a los recurridos, pues la petición de quiebra no los cobija. Por último, se devuelve el caso al Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, para la continuación de los procedimientos de forma compatible con lo resuelto aquí."
Lea el documento completo: [2012TSPR119]
Los abogados de la parte peticionaria fueron el Lcdo. Luis Sanchez Betances y la Lcda. Maileidy Gómez Germán.
Los abogados de la parte recurrida fueron el Lcdo. José Ramírez Ramos y el Lcdo. José Cepeda Rodríguez.
No hay comentarios:
Publicar un comentario